Valoración y condiciones
Vemos tu vivienda, acordamos la renta y la duración, y te explicamos por escrito cómo cobras. Gratis y sin compromiso.
Alquiler de temporada
¿Tienes una vivienda en el Valle del Aragón que no puedes poner como piso turístico? Con el alquiler de temporada la pones a rentar por meses —de 1 a 11— con un contrato de fecha cierta, un inquilino seleccionado y el cobro resuelto. Y la recuperas cuando quieras, en la fecha que hayas pactado.
¿Para quién es?
El alquiler de temporada es la vía para sacar partido a tu vivienda cuando el alquiler turístico no es una opción. Encaja especialmente si:
Funciona porque mantenemos una cartera recurrente de arrendatarios de temporada en el Valle del Aragón —trabajadores desplazados, estancias por obras, temporada de esquí, docentes, estancias médicas— que permite encadenar arrendamientos sin que tengas que buscar inquilino cada vez.
Cómo funciona
Vemos tu vivienda, acordamos la renta y la duración, y te explicamos por escrito cómo cobras. Gratis y sin compromiso.
Preparamos el contrato de arrendamiento de temporada (LAU art. 3.2) con fecha cierta de fin y firma electrónica, con evidencias eIDAS para las dos partes.
Seleccionamos y verificamos al arrendatario dentro de nuestra cartera recurrente de estancias de temporada en el valle.
Con el mandato de cobro, cobramos la renta por tu cuenta y te la liquidamos mes a mes. ¿Prefieres cobrar tú directamente del inquilino? También puedes.
Cobro gestionado con liquidación mensual y fianza documentada
Cobramos la renta por tu cuenta y te la liquidamos cada mes, con su detalle. Si lo prefieres, cobras tú directamente del inquilino: tú eliges.
Contrato de temporada firmado electrónicamente por ambas partes, con evidencias eIDAS que le dan validez y trazabilidad. Todo por escrito, sin ambigüedades.
El inquilino deja una fianza que pactamos y documentamos en el contrato conforme a la LAU. Una garantía más para ti y para tu vivienda.
Elegimos y verificamos al inquilino antes de firmar. No dejamos tu vivienda en cualquier mano: esa selección es la primera garantía de que todo irá bien.
Con precisión: el alquiler de temporada no es un seguro de rentas y no prometemos una renta asegurada pase lo que pase. Nuestra garantía es el trabajo bien hecho: la selección del inquilino, un contrato sólido con firma electrónica, la fianza conforme a la ley y —si lo eliges— el mandato de cobro con liquidación mensual, para que cobrar sea lo más seguro y sencillo posible.
Flexibilidad y duración
Tarifa
El 10 % de la renta, en un único pago a la firma del contrato (10 % × renta mensual × meses). Sin cuotas mensuales ocultas y sin permanencia: lo que ves es lo que pagas.
Los servicios opcionales —limpieza de entrada y salida, mantenimiento y gestión de suministros— se presupuestan aparte, solo si los contratas. ¿Tu vivienda sí tiene licencia turística? Consulta también nuestras tarifas de alquiler turístico.
Portal del propietario
El mismo portal online con el que gestionamos las viviendas turísticas, adaptado a tu alquiler de temporada. Entras cuando quieras y lo tienes todo:
Hablemos de tu vivienda
Déjanos tus datos y dónde está tu vivienda. Te contactamos en menos de 24 h laborables, sin compromiso, para explicarte cómo sería el alquiler de temporada en tu caso.
Hemos recibido tu solicitud. Te contactaremos en menos de 24 h laborables para hablar del alquiler de temporada de tu vivienda.
Preguntas frecuentes
En llano: es un alquiler con fecha de fin pactada, para una temporada concreta —de 1 a 11 meses— que no constituye la vivienda habitual del inquilino. Se rige por el artículo 3.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y ofrece mucha más flexibilidad que un alquiler de larga duración: el propietario recupera su vivienda en la fecha acordada. Es la fórmula para trabajadores desplazados, estancias por obras, temporada de esquí, docentes o estancias médicas.
El alquiler de temporada no es un seguro de rentas: no prometemos una renta asegurada pase lo que pase. Lo que hacemos es reducir el riesgo al máximo: seleccionamos y verificamos al inquilino antes de firmar, formalizamos un contrato con firma electrónica y una fianza pactada y documentada en el contrato conforme a la LAU y, si eliges el mandato de cobro, gestionamos el cobro mensual por tu cuenta y te avisamos en cuanto algo se retrasa para poder actuar cuanto antes.
Sí. El contrato de arrendamiento de temporada tiene fecha cierta de fin: al llegar esa fecha recuperas tu vivienda. Solo se prorroga si el propietario y el inquilino lo pactan de forma expresa. Sin las prórrogas obligatorias del alquiler de vivienda habitual: el contrato termina en la fecha pactada y gestionamos la entrega de llaves a su fin.
La comisión del 10 % de la renta cubre la búsqueda y selección del inquilino, el contrato de temporada con firma electrónica (evidencias eIDAS), la fianza pactada y documentada en el contrato conforme a la LAU y, si lo eliges, el mandato de cobro con liquidación mensual y el acceso al portal del propietario. La limpieza de entrada y salida, el mantenimiento y la gestión de suministros son opcionales y se presupuestan aparte, solo si los quieres.
Sí. El inquilino deja una fianza que pactamos y documentamos en el contrato conforme a la LAU. Es una garantía más para ti y para tu vivienda, y forma parte del contrato de temporada que preparamos.
Sin licencia turística, sin problema
Cuéntanos dónde está y qué necesitas. Te explicamos las condiciones y decides tú, con todo por escrito y sin compromiso.
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